Segunda Oportunidad

Cancela tus deudas con la Ley de Segunda Oportunidad

Si arrastras deudas que no puedes asumir, la Ley de Segunda Oportunidad permite paralizar embargos y, en muchos casos, cancelar total o parcialmente lo que debes ante bancos, financieras y proveedores.

Qué comprobamos

  • Nivel de endeudamiento y buena fe del deudor.
  • Deudas cancelables: bancos, tarjetas, financieras.
  • Situación de embargos activos o inminentes.
  • Viabilidad del Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho.

¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?

La Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo legal, regulado en el Texto Refundido de la Ley Concursal, que permite a las personas físicas y a los autónomos en situación de sobreendeudamiento solicitar la cancelación de sus deudas cuando no pueden hacerles frente. No es un aplazamiento ni una simple negociación: es una vía judicial pensada para dar un nuevo comienzo económico a quien actuó de buena fe y no puede pagar.

Pueden acogerse tanto particulares con deudas de tarjetas, préstamos personales o hipotecarios, como autónomos cuyas deudas de actividad les persiguen a nivel personal. En ambos casos, el objetivo es el mismo: detener los embargos, ordenar la situación patrimonial y, si se cumplen los requisitos, obtener la exoneración de la deuda pendiente.

No todas las deudas se tratan igual. Las deudas privadas —bancos, tarjetas de crédito, crédito al consumo, financieras y proveedores— son las que con más frecuencia se cancelan. Las deudas públicas, como las de Hacienda o la Seguridad Social, tienen un tratamiento más limitado y normalmente quedan sujetas a un plan de pagos fraccionado, salvo excepciones tasadas por ley.

Cómo funciona el proceso

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    Consulta y análisis confidencial
    Estudiamos tu situación patrimonial, tus ingresos y el conjunto de deudas para valorar si eres candidato a la Segunda Oportunidad.
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    Solicitud del concurso de persona física
    Presentamos la solicitud ante el juzgado. Desde su admisión, se paralizan los embargos de nóminas y cuentas en curso.
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    Fase común y liquidación
    Se ordena el patrimonio disponible y, si procede, se negocia con los acreedores durante esta fase.
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    Exoneración del pasivo insatisfecho
    Cumplidos los requisitos legales, el juez puede conceder el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI), cancelando la deuda pendiente.

¿Tienes deudas que no puedes pagar?

Analizamos tu caso sin compromiso y te decimos si puedes acogerte a la Segunda Oportunidad.

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